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Traslado de cuenta a otro organismo

Es el trámite menos conocido del registro automotor y aparece cuando un municipio estrena organismo de tránsito propio y los vehículos quedan en el departamental.

✓ Fuentes verificadas 2026-08-27 27 de agosto de 2026 4 min de lectura 2 fuentes citadas

Cuando un municipio crea su propio organismo de tránsito, los vehículos de sus habitantes suelen seguir registrados en el organismo departamental. El traslado de cuenta es el mecanismo para moverlos.

El caso que lo aclaró

En abril de 2024, el Secretario de Tránsito y Transporte de La Calera (Cundinamarca) consultó al Ministerio de Transporte por las condiciones para trasladar cuentas y carpetas de vehículos particulares desde el organismo departamental de Cundinamarca hacia el recién creado organismo municipal. La conclusión fue clara:

“una vez cumplidos los requisitos de orden fáctico y jurídico previstos en la Resolución 20223040045295 de 2022, en lo referente a los registros, historiales y carpetas de vehículos, los Organismos de Tránsito Departamentales con sede en los municipios donde se cree un Organismo de Tránsito de carácter municipal, deberán realizar el traslado de cuenta a estos últimos, de los registros de los vehículos de servicio particular, cuando sus propietarios no tengan su domicilio en el municipio, pero así lo soliciten expresamente.”

Concepto del Ministerio de Transporte, radicado 20241340481501

Dos elementos importan de ahí: la palabra “deberán” —no es discrecional para el organismo departamental— y que la solicitud debe ser expresa del propietario.

La manifestación de voluntad puede ser virtual

La consulta preguntaba también si los propietarios podían manifestar su voluntad por medios virtuales. El Ministerio concluyó que, al no existir prohibición legal, el formulario virtual de manifestación de voluntad es plenamente válido.

Si el organismo se niega

El concepto señala una vía concreta: de presentarse renuencia del organismo departamental, la situación debe ponerse en conocimiento de la Superintendencia de Transporte.

Los conceptos no obligan

Como todos los conceptos del Ministerio de Transporte, este tiene el alcance del artículo 28 del CPACA: sirve como interpretación oficial, pero no es de obligatorio cumplimiento ni tiene efectos vinculantes.

No confundir con el traslado de matrícula

El traslado de cuenta se da entre organismos por razones de creación o competencia territorial y mueve los registros y carpetas. El traslado de matrícula es una solicitud del propietario para cambiar el domicilio fiscal del vehículo, con su propio procedimiento en el artículo 5.3.4.1.

Cómo ayuda Mi Traspaso Ya

Es un trámite entre organismos de tránsito y queda fuera del alcance de la app. Mi Traspaso Ya se ocupa de los documentos del traspaso de propiedad.

El trámite lo radicas tú ante el tránsito: la app no lo presenta por ti ni consulta el RUNT. Los documentos se arman en tu propio navegador, así que tus datos personales no viajan a nuestros servidores, y la foto de la tarjeta de propiedad se procesa para leerla y no se guarda.

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Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir que mi vehículo pase al organismo de tránsito de mi municipio?

Según el concepto con radicado 20241340481501, cuando se crea un organismo de tránsito municipal, el departamental deberá realizar el traslado de cuenta de los vehículos de servicio particular cuando sus propietarios lo soliciten expresamente.

¿La solicitud tiene que ser presencial?

El Ministerio de Transporte concluyó que, al no existir prohibición legal, el formulario virtual de manifestación de voluntad es plenamente válido para ese propósito.

Fuentes consultadas

  1. Resolución 20223040045295 de 2022, art. 5.3.4.1.2, sobre traslado de cuentas, registros e historiales, en concepto del Ministerio de Transporte — Concepto MT rad. 20241340481501 (29-04-2024) · consultado 2026-08-27
  2. Resolución 20223040045295 de 2022, arts. 5.3.4.1 a 5.3.4.3, sobre traslado de matrícula, en concepto del Ministerio de Transporte — Concepto MT rad. 20261340007881 (06-01-2026) · consultado 2026-08-27

Mi Traspaso Ya genera los documentos del traspaso ya diligenciados para que los imprimas y firmes. El trámite se radica ante el organismo de tránsito correspondiente; los requisitos y las tarifas los define cada organismo. Esta guía es informativa y no constituye asesoría jurídica.