Mientras un vehículo particular puede trasladar su matrícula cumpliendo los requisitos generales, el transporte público colectivo de pasajeros tiene un régimen aparte y mucho más cerrado.
La norma que lo separa
El artículo 5.3.4.3 de la Resolución 20223040045295 de 2022, modificado por el artículo 24 de la Resolución 20233040017145, regula específicamente el “Traslado de matrícula de vehículos de servicio público de transporte terrestre automotor colectivo, mixto, metropolitano, distrital y municipal de pasajeros”.
Un caso resuelto por el Ministerio
En enero de 2026, la Secretaría de Movilidad de Villavicencio consultó si podía autorizar de forma excepcional el traslado cuando el propietario es una entidad pública con funciones de seguridad e inteligencia nacional. La respuesta del Ministerio fue negativa:
“En consecuencia, no procede de manera excepcional el traslado de matrícula solicitado por la Policía Nacional, salvo que el caso concreto se enmarque plenamente en alguno de los supuestos expresamente previstos en el artículo 5.3.4.3 de la Resolución 20223040045295 de 2022 y sus modificaciones, circunstancia que deberá ser verificada y determinada por el organismo de tránsito competente.”
Concepto del Ministerio de Transporte, radicado 20261340007881
El razonamiento es el principio de legalidad: las prohibiciones son taxativas y la naturaleza del propietario —por sensible que sea su función— no crea una excepción que la norma no previó.
Las excepciones que sí existen
Las hay, pero acotadas. Las fuentes consultadas las describen como reservadas a eventos de reposición de vehículo, siempre que se cumplan concurrentemente las condiciones que la norma señala.
El texto completo del artículo 5.3.4.3, con el listado exacto de supuestos y condiciones, no está transcrito íntegramente en los conceptos consultados. Quien necesite ampararse en una excepción debe revisar el artículo vigente y plantearlo ante el organismo de tránsito competente, que es a quien la norma asigna verificarlo.
Por qué existe la restricción
El transporte público colectivo opera bajo esquemas de habilitación y rutas ligados a un radio de acción determinado. Permitir el movimiento libre de matrículas entre municipios desarmaría ese control, y por eso la norma lo trata distinto del vehículo particular.
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¿Puedo trasladar la matrícula de un bus de servicio público a otro municipio?
Solo si el caso encaja en los supuestos expresamente previstos en el artículo 5.3.4.3 de la Resolución 20223040045295 de 2022. El Ministerio de Transporte ha señalado que fuera de esos supuestos no procede el traslado de manera excepcional.
¿La entidad propietaria puede pedir una excepción?
Según el concepto con radicado 20261340007881, no: el Ministerio negó la excepción solicitada respecto de vehículos de la Policía Nacional, sosteniendo que las restricciones son taxativas y que corresponde al organismo de tránsito verificar si el caso encaja en algún supuesto previsto.
Fuentes consultadas
- Resolución 20223040045295 de 2022, arts. 5.3.4.1 a 5.3.4.3, sobre traslado de matrícula, en concepto del Ministerio de Transporte — Concepto MT rad. 20261340007881 (06-01-2026) · consultado 2026-08-27
Mi Traspaso Ya genera los documentos del traspaso ya diligenciados para que los imprimas y firmes. El trámite se radica ante el organismo de tránsito correspondiente; los requisitos y las tarifas los define cada organismo. Esta guía es informativa y no constituye asesoría jurídica.