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Qué documentos necesitas para un traspaso

Son tres momentos distintos, y confundirlos es lo que hace perder el viaje: lo que toca resolver antes de salir de casa, lo que se lleva en papel y lo que se hace y se paga allá mismo en el tránsito.

✓ Fuentes verificadas 2026-08-27 27 de agosto de 2026 8 min de lectura 6 fuentes citadas

Casi todas las listas ponen todo en el mismo saco, y por eso la gente pierde el viaje. En realidad son tres momentos distintos: lo que toca resolver antes de salir de casa, lo que se lleva en papel, y lo que se hace y se paga allá mismo en el tránsito.

Tres momentos distintos: lo que resuelves antes, lo que llevas en papel y lo que ocurre en la ventanilla. La retefuente se paga antes; la tarifa del trámite, allá mismo.

1. Documento de identidad

Original, de cada parte que asista. Si el trámite lo hace un tercero con poder, ese tercero además debe estar inscrito en el RUNT, no basta con llevar el poder firmado.

2. El formulario de traspaso

Es el papel que abre el trámite. El artículo 5.3.2.1 lo llama “Formato de Solicitud de Trámite” y exige presentarlo “debidamente diligenciado”. Tiene 23 casillas, pero en un traspaso solo unas pocas deciden:

Mapa del formato oficial. En verde, lo que decide un traspaso: la casilla 3 (trámite n.º 2), los números del motor y el chasis de la 16, las firmas de la 21 y la 22, y los recuadros de improntas.

Dos detalles que hacen devolver gente en la ventanilla. El primero: la casilla 1 no se llena. El instructivo oficial dice “No escriba en este espacio, debe ser diligenciado por el organismo de tránsito”. El segundo: las casillas 21 y 22 terminan en firma —la del propietario y la del comprador—, y sin ellas el documento no acredita nada.

3. Contrato de compraventa

La norma no impone un formato: admite “el contrato de compraventa, documento o declaración en el que conste la transferencia del derecho de dominio del vehículo, celebrado con las exigencias de las normas civiles y/o mercantiles”. Lo que sí impone es que sirva para lo que el organismo va a hacer con él: cotejar datos contra el RUNT.

Por eso conviene que identifique sin ambigüedad a las dos partes y al vehículo —placa, marca, línea, modelo y los números del motor y el chasis de motor, chasis, serie o VIN—, y que lleve fecha. La fecha no es un adorno: de ella dependen el plazo de sesenta días hábiles del artículo 47 de la Ley 769 de 2002 y la posibilidad de pedir el levantamiento de una medida cautelar posterior acreditando que la transacción fue anterior.

4. Improntas

El calco de los números grabados en el vehículo. La Secretaría Distrital de Movilidad pide “improntas adheridas en la parte final o al reverso del contrato de compraventa”: pegadas al contrato, no en una hoja aparte.

La norma nacional admite dos alternativas, “según corresponda”: la imagen del código QR o una certificación del fabricante, ensamblador o importador con los números del motor y el chasis. Y si las improntas son de difícil acceso, en Bogotá se recibe certificación de la DIJIN.

5. Recibo de la retención en la fuente

Se paga antes del trámite. El artículo 398 del Estatuto Tributario fija el 1 % sobre el valor de la enajenación para personas naturales que venden activos fijos, y el organismo actúa como verificador: quienes autorizan el traspaso “deberán exigir previamente, copia auténtica del correspondiente recibo de pago”.

6. La tarifa del trámite: se paga allá

Esta no se lleva pagada de casa: se paga en el momento, en el banco autorizado que en Bogotá está dentro de los propios puntos de atención de la Ventanilla Única de Servicios. En esa ciudad la tarifa 2026 es de $260.400 para carro y $145.500 para moto. Cada organismo de tránsito fija la suya, así que confirma la de tu ciudad.

7. Poder, solo si alguien no asiste

No es obligatorio: aparece cuando una de las partes no puede ir. El apoderado debe estar inscrito en el RUNT. Para quien está fuera del país, la Ventanilla Única de Servicios exige contrato de mandato o poder especial con apostilla y certificado del consulado.

Lo que no pudimos verificar

Si el contrato o el poder requieren autenticación de firmas ante notario, y en qué casos, no está resuelto en las fuentes oficiales consultadas: la norma solo exige que el contrato esté «celebrado con las exigencias de las normas civiles y/o mercantiles». Conviene confirmarlo en el organismo donde se va a radicar.

Lo que pasa allá, en la ventanilla

Con los papeles entregados, el trámite deja de depender de ti. El funcionario revisa en el RUNT que el SOAT, la tecnomecánica, las multas y el impuesto estén en orden, y que no haya embargos ni prendas; coteja los números del motor y el chasis contra el sistema; te indica pagar la tarifa en la ventanilla del banco que está en el mismo punto de atención; y radica el traspaso.

Por eso los tres motivos más frecuentes de viaje perdido no son papeles que falten, sino verificaciones que fallan: una prenda que nadie levantó, un comparendo de otra ciudad —el paz y salvo se exige a nivel nacional— o un SOAT comprado hace horas que todavía no figura en el RUNT.

Cómo ayuda Mi Traspaso Ya

De esa lista, Mi Traspaso Ya cubre tres piezas: el formulario de traspaso, el contrato de compraventa y el poder. Subes una foto de la licencia de tránsito, la app lee los datos, tú los revisas y corriges, y los descargas ya diligenciados para imprimir y firmar.

El trámite lo radicas tú ante el tránsito: la app no lo presenta por ti ni consulta el RUNT. Los documentos se arman en tu propio navegador, así que tus datos personales no viajan a nuestros servidores, y la foto de la tarjeta de propiedad se procesa para leerla y no se guarda.

Captura de Mi Traspaso Ya con el selector de documentos: tres tarjetas marcadas — Traspaso (formulario FUN), Compraventa (contrato legal) y Mandato (poder especial) — y el rótulo «3 seleccionados».
Los tres documentos que genera la app. El trámite se radica después ante el organismo de tránsito.
Captura de la pantalla de carga de Mi Traspaso Ya, con el título «Carga la Licencia de Tránsito» y una zona para hacer clic o arrastrar una imagen en formato JPG o PNG.
La foto de la licencia de tránsito es lo único que pide la app para prellenar los formatos.
Generar mis documentos →

Preguntas frecuentes

¿Tengo que llevar el SOAT impreso al traspaso?

No. El artículo 5.3.2.1 de la Resolución 20223040045295 de 2022 establece que el organismo de tránsito valida en el sistema RUNT la existencia del SOAT y de la revisión técnico-mecánica vigentes. Lo que importa es que estén incorporados en el sistema, no que los lleves en papel.

¿Las improntas van en hoja aparte?

No. La Secretaría Distrital de Movilidad exige improntas adheridas en la parte final o al reverso del contrato de compraventa o del documento en que conste la transferencia del dominio.

¿Qué pasa si el vendedor no puede ir a la ventanilla?

El trámite admite apoderado. La condición que sorprende a mucha gente es que ese tercero también debe estar inscrito en el RUNT, según los requisitos publicados por la Secretaría Distrital de Movilidad.

¿El formulario lo lleno yo o el organismo?

Lo diligencia quien solicita el trámite, salvo la casilla 1 y el código de aduana de la casilla 17. El instructivo oficial es explícito con la primera: “No escriba en este espacio, debe ser diligenciado por el organismo de tránsito”.

Fuentes consultadas

  1. «¿Vendió su vehículo? No olvide hacer el traspaso y evite problemas», Secretaría Distrital de Movilidad, 29-07-2026 — movilidadbogota.gov.co · consultado 2026-08-27
  2. Resolución 20223040045295 de 2022 (Resolución Única Compilatoria en materia de Tránsito), art. 5.3.2.1, transcrita en concepto del Ministerio de Transporte — Concepto MT rad. 20241340679591 · consultado 2026-08-27
  3. Formulario de solicitud de trámites del Registro Nacional Automotor, Ministerio de Transporte — PDF oficial en LegalApp, Ministerio de Justicia · consultado 2026-08-27
  4. Ley 769 de 2002, Código Nacional de Tránsito (arts. 46 y 47) — PDF oficial · consultado 2026-08-27
  5. Estatuto Tributario, art. 398, transcrito en el Concepto 11625 de 2025 de la DIAN — Compilación jurídica de la DIAN · consultado 2026-08-27
  6. Inscripción de personas ante el RUNT, Ventanilla Única de Servicios, Secretaría Distrital de Movilidad — ventanillamovilidad.com.co · consultado 2026-08-27

Mi Traspaso Ya genera los documentos del traspaso ya diligenciados para que los imprimas y firmes. El trámite se radica ante el organismo de tránsito correspondiente; los requisitos y las tarifas los define cada organismo. Esta guía es informativa y no constituye asesoría jurídica.