El Registro Único Nacional de Tránsito es la base de datos donde el Estado guarda quién es quién en materia de tránsito. Antes de cualquier trámite hay que estar inscrito, y el traspaso no es la excepción: el artículo 5.3.2.1 de la Resolución 20223040045295 de 2022 arranca con la verificación de “la inscripción del vendedor o titular del derecho de dominio del vehículo y del comprador o nuevo titular”.
Se hace una sola vez
Tanto la Alcaldía de Medellín como la Ventanilla Única de Servicios de Bogotá lo describen con la misma frase: “La inscripción se realiza por una sola vez y es válida en todo el territorio nacional.” Si ya te inscribiste alguna vez —para sacar la licencia de conducción, por ejemplo—, no hay que repetirlo.
Qué documentos piden
Es un trámite presencial. Medellín lo clasifica expresamente como “Forma de presentación: Presencial” y pide documento de identidad: cédula de ciudadanía o cédula de extranjería. Bogotá detalla más:
- Personas mayores de edad nacionales: cédula de ciudadanía o contraseña.
- Menores de edad: tarjeta de identidad o contraseña; menores de siete años bajo custodia de los padres, registro civil de nacimiento.
- Extranjeros mayores de edad: cédula de extranjería, pasaporte vigente o Permiso por Protección Temporal (PPT).
- Personas jurídicas: se verifica el Certificado de Existencia y Representación Legal en el sistema RUES.
El trámite es personal. Solo se admite apoderado en casos tasados: personas privadas de la libertad, colombianos fuera del país —con contrato de mandato o poder especial apostillado y certificado del consulado— y personas con discapacidad o impedidas por causas médicas, con el certificado correspondiente.
Cuánto cuesta: depende de la ciudad
Este trámite es el ejemplo más limpio de por qué desconfiar de las cifras “nacionales”. Dos organismos oficiales, dos respuestas distintas:
- Medellín: “No tiene costo realizar la solicitud”.
- Bogotá: inscripción de persona natural o jurídica, $22.300. Modificación de datos, $6.700.
Las cifras de arriba son las publicadas por esos dos organismos y no valen para el resto del país. Consulta el tarifario del organismo donde vas a hacer el trámite.
Cómo ayuda Mi Traspaso Ya
La inscripción en el RUNT es presencial y no se puede adelantar desde una app —ni la nuestra ni ninguna—. Lo que sí puedes tener listo antes de ir es el paquete de documentos del traspaso, que Mi Traspaso Ya genera a partir de la foto de la licencia de tránsito.
El trámite lo radicas tú ante el tránsito: la app no lo presenta por ti ni consulta el RUNT. Los documentos se arman en tu propio navegador, así que tus datos personales no viajan a nuestros servidores, y la foto de la tarjeta de propiedad se procesa para leerla y no se guarda.
Generar mis documentos →Preguntas frecuentes
¿Puedo inscribirme en el RUNT por internet?
Las dos fuentes oficiales consultadas describen un trámite presencial: la Alcaldía de Medellín lo clasifica como “Forma de presentación: Presencial” y la Ventanilla Única de Servicios de Bogotá indica elegir sede y agendar cita. En la diligencia se toman fotografía, firma y huellas, lo que explica la presencialidad.
¿Tengo que inscribirme en la ciudad donde está matriculado el vehículo?
No. Tanto la Alcaldía de Medellín como la Ventanilla Única de Servicios de Bogotá señalan que la inscripción “es válida en todo el territorio nacional”. El trámite del traspaso sí se hace donde está matriculado el vehículo, pero la inscripción de la persona no.
¿El comprador también tiene que estar inscrito?
Sí. El artículo 5.3.2.1 de la Resolución 20223040045295 de 2022 exige verificar la inscripción del vendedor y del comprador antes de adelantar el traspaso. Si el trámite lo realiza un tercero, ese tercero también debe estar inscrito.
Fuentes consultadas
- Inscripción de personas ante el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), Alcaldía de Medellín — medellin.gov.co · consultado 2026-08-27
- Inscripción de personas ante el RUNT, Ventanilla Única de Servicios, Secretaría Distrital de Movilidad — ventanillamovilidad.com.co · consultado 2026-08-27
- Resolución 20223040045295 de 2022 (Resolución Única Compilatoria en materia de Tránsito), art. 5.3.2.1, transcrita en concepto del Ministerio de Transporte — Concepto MT rad. 20241340679591 · consultado 2026-08-27
Mi Traspaso Ya genera los documentos del traspaso ya diligenciados para que los imprimas y firmes. El trámite se radica ante el organismo de tránsito correspondiente; los requisitos y las tarifas los define cada organismo. Esta guía es informativa y no constituye asesoría jurídica.