← Todas las guías Casos especiales

Traspaso de vehículo a una empresa

El procedimiento es el mismo, pero se añade una verificación y cambia una regla tributaria que mucha gente asume igual para todos.

✓ Fuentes verificadas 2026-08-27 27 de agosto de 2026 4 min de lectura 5 fuentes citadas

Una empresa compra o vende un vehículo con el mismo procedimiento del artículo 5.3.2.1: inscripción previa en el RUNT, formulario, contrato, verificaciones de gravámenes, SOAT y revisión, paz y salvo y pagos. Lo que cambia son dos detalles.

1. La verificación en RUES

La Secretaría Distrital de Movilidad lo incluye entre los requisitos del traspaso: “En el caso de persona jurídica, se verifica el Certificado de Existencia y Representación Legal en el sistema Registro Único Empresarial y Social - RUES.” La misma exigencia aparece en otros trámites del registro, como la inscripción o el levantamiento de prenda.

En la práctica esto significa que quien firme por la empresa debe ser quien figure como representante legal, o contar con la facultad correspondiente.

2. La persona jurídica también se inscribe en el RUNT

La inscripción en el RUNT no es solo para personas naturales. La Ventanilla Única de Servicios de Bogotá cobra una única tarifa por “inscripción de persona natural o jurídica, pública o privada” —$22.300—, y la Alcaldía de Medellín incluye entre los requisitos “estar registrado en Cámara de Comercio como persona jurídica”.

3. La retención en la fuente cambia de regla

Este es el punto que más se asume mal. El artículo 398 del Estatuto Tributario —el 1 % que se paga antes del traspaso— grava “los ingresos que obtengan las personas naturales por concepto de la enajenación de activos fijos”. La DIAN, en el Concepto 11625 de 2025, subraya que la retención de ese artículo aplica a ingresos percibidos por personas naturales.

Es decir: la regla del 1 % del artículo 398 no es la que resuelve el caso de una empresa que vende un vehículo.

Lo que no pudimos verificar

Qué tarifa de retención aplica cuando el vendedor es persona jurídica no está resuelto en los conceptos de la DIAN consultados para esta guía: el Concepto 11625 de 2025 trata el parágrafo del artículo 401 del Estatuto Tributario, pero referido a bienes inmuebles. Antes de liquidar, conviene consultarlo con un contador o directamente ante la DIAN.

Cómo ayuda Mi Traspaso Ya

Mi Traspaso Ya genera el formulario y el contrato con los datos que tú verificas antes de descargar; el formulario incluye la casilla de NIT para el tipo de documento. La verificación en RUES y la inscripción de la empresa en el RUNT se hacen ante las entidades correspondientes.

El trámite lo radicas tú ante el tránsito: la app no lo presenta por ti ni consulta el RUNT. Los documentos se arman en tu propio navegador, así que tus datos personales no viajan a nuestros servidores, y la foto de la tarjeta de propiedad se procesa para leerla y no se guarda.

Generar mis documentos →

Preguntas frecuentes

¿Una empresa tiene que inscribirse en el RUNT para comprar un vehículo?

Sí. El artículo 5.3.2.1 exige verificar la inscripción del vendedor y del comprador en el RUNT, y las entidades oficiales contemplan expresamente la inscripción de personas jurídicas, verificando su existencia y representación legal en el RUES.

¿Se paga el 1 % de retención cuando vende una empresa?

El artículo 398 del Estatuto Tributario, que fija ese 1 %, se refiere a los ingresos de personas naturales por enajenación de activos fijos. La DIAN lo circunscribe a ese supuesto, de modo que el caso de la persona jurídica no se resuelve con esa norma. Es una consulta para un contador o ante la DIAN.

Fuentes consultadas

  1. «¿Vendió su vehículo? No olvide hacer el traspaso y evite problemas», Secretaría Distrital de Movilidad, 29-07-2026 — movilidadbogota.gov.co · consultado 2026-08-27
  2. Inscripción de personas ante el RUNT, Ventanilla Única de Servicios, Secretaría Distrital de Movilidad — ventanillamovilidad.com.co · consultado 2026-08-27
  3. Inscripción de personas ante el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), Alcaldía de Medellín — medellin.gov.co · consultado 2026-08-27
  4. Estatuto Tributario, art. 398, transcrito en el Concepto 11625 de 2025 de la DIAN — Compilación jurídica de la DIAN · consultado 2026-08-27
  5. Resolución 20223040045295 de 2022 (Resolución Única Compilatoria en materia de Tránsito), art. 5.3.2.1, transcrita en concepto del Ministerio de Transporte — Concepto MT rad. 20241340679591 · consultado 2026-08-27

Mi Traspaso Ya genera los documentos del traspaso ya diligenciados para que los imprimas y firmes. El trámite se radica ante el organismo de tránsito correspondiente; los requisitos y las tarifas los define cada organismo. Esta guía es informativa y no constituye asesoría jurídica.