Si el traspaso quedó registrado, los comparendos posteriores al registro son del nuevo propietario. Si no quedó registrado, siguen siendo tuyos, sin importar quién iba manejando.
La regla, en palabras de la autoridad
“Mientras el traspaso no quede registrado en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), la persona propietaria que allí aparece continuará siendo la responsable del vehículo ante la ley.”
Secretaría Distrital de Movilidad, 29 de julio de 2026
La misma publicación precisa el alcance: eso incluye “comparendos, impuestos pendientes o incluso responsabilidades derivadas de un siniestro vial”.
El círculo vicioso del paz y salvo
Aquí aparece la trampa que sorprende a mucha gente. Para hacer el traspaso hay que estar a paz y salvo por multas: el artículo 5.3.2.1 de la Resolución 20223040045295 de 2022 obliga al organismo a verificar “a través del sistema RUNT que el propietario se encuentre a paz y salvo por concepto de multas por infracciones de tránsito, de acuerdo con la interoperabilidad que para tal efecto debe haber entre el sistema SIMIT y el sistema RUNT”.
Es decir: los comparendos que acumuló el comprador quedaron a tu nombre, y esos mismos comparendos bloquean el traspaso que te sacaría de encima el problema. Cuanto más se demora el registro, más difícil es hacerlo.
La Secretaría Distrital de Movilidad añade un matiz importante sobre el alcance del requisito: exige que las partes estén a paz y salvo en multas por infracciones de tránsito a nivel nacional, no solo en la ciudad donde está matriculado el vehículo.
Qué se puede hacer
- Ubicar al comprador y hacer el traspaso cuanto antes: cada mes que pasa puede sumar multas nuevas al mismo nombre.
- Revisar el estado de multas antes de ir a la ventanilla, porque el trámite se detiene ahí si algo aparece.
- Conservar el contrato de compraventa fechado: es lo que acredita cuándo dejaste de tener el vehículo.
El procedimiento concreto para pedir que un comparendo se impute a quien realmente conducía, y su tasa de éxito, no aparece en las fuentes oficiales consultadas aquí. Es una consulta para el organismo de tránsito que emitió el comparendo.
Cómo ayuda Mi Traspaso Ya
El paz y salvo y el estado de multas se consultan en los sistemas oficiales; Mi Traspaso Ya no accede al RUNT ni al SIMIT. Lo que sí resuelve es el papeleo del traspaso una vez tengas los requisitos en orden.
El trámite lo radicas tú ante el tránsito: la app no lo presenta por ti ni consulta el RUNT. Los documentos se arman en tu propio navegador, así que tus datos personales no viajan a nuestros servidores, y la foto de la tarjeta de propiedad se procesa para leerla y no se guarda.
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Vendí el carro hace un año y me llegan comparendos. ¿Los tengo que pagar?
Mientras el traspaso no esté registrado en el RUNT, la Secretaría Distrital de Movilidad indica que quien figura como propietario sigue siendo el responsable ante la ley por los comparendos. Además, esas multas pendientes bloquean el propio trámite de traspaso, que exige paz y salvo.
¿El paz y salvo es solo de la ciudad donde está el carro?
No. La Secretaría Distrital de Movilidad especifica que las partes deben estar a paz y salvo en multas por infracciones de tránsito a nivel nacional.
Fuentes consultadas
- «¿Vendió su vehículo? No olvide hacer el traspaso y evite problemas», Secretaría Distrital de Movilidad, 29-07-2026 — movilidadbogota.gov.co · consultado 2026-08-27
- Resolución 20223040045295 de 2022 (Resolución Única Compilatoria en materia de Tránsito), art. 5.3.2.1, transcrita en concepto del Ministerio de Transporte — Concepto MT rad. 20241340679591 · consultado 2026-08-27
Mi Traspaso Ya genera los documentos del traspaso ya diligenciados para que los imprimas y firmes. El trámite se radica ante el organismo de tránsito correspondiente; los requisitos y las tarifas los define cada organismo. Esta guía es informativa y no constituye asesoría jurídica.