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SOAT y tecnomecánica en el traspaso

Son dos de los cinco filtros del trámite y se verifican en el RUNT, no en papel. Si alguno está vencido, el traspaso no avanza aunque el resto esté perfecto.

✓ Fuentes verificadas 2026-08-27 27 de agosto de 2026 4 min de lectura 5 fuentes citadas

El cuarto paso del procedimiento nacional agrupa tres validaciones en una: SOAT, revisión técnico-mecánica y multas. La norma lo dice así:

“el Organismo de Tránsito validará en el sistema RUNT la existencia del SOAT y revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes vigente para el vehículo objeto de traspaso y verificará a través del sistema RUNT que el propietario se encuentre a paz y salvo por concepto de multas por infracciones de tránsito.”

Resolución 20223040045295 de 2022, artículo 5.3.2.1

Se verifica en el sistema, no en papel

La palabra clave es “en el sistema RUNT”. No basta con llevar el documento impreso: la póliza y la revisión tienen que estar incorporadas en el RUNT. Es un detalle que aparece también en otros trámites: la Alcaldía de Bogotá, al listar los requisitos del levantamiento de prenda, exige “Soat vigente incorporado en Runt”.

En la práctica, si compraste el SOAT hace pocas horas conviene confirmar que ya figura en el sistema antes de presentarte a la cita.

El artículo 46 y la revisión

La exigencia no es un capricho del trámite. El artículo 46 de la Ley 769 de 2002 establece que todo vehículo automotor registrado y autorizado “deberá presentar el certificado vigente de la revisión técnico-mecánica, que cumpla con los términos previstos en este código”.

La excepción que ya no aplica

Hubo un caso en el que estos dos requisitos no se pedían: el traspaso a persona indeterminada. La Secretaría Distrital de Movilidad lo señalaba expresamente: “para este trámite no se exige la validación del SOAT ni la revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes”. Tenía lógica, porque se trataba de vehículos que el propietario no tenía en su poder desde hacía años. Ese trámite dejó de admitir radicaciones el 6 de febrero de 2026.

Vehículos con registro suspendido

La Resolución 20253040049955 de 2025 prevé que, para que los vehículos con registro suspendido puedan obtener SOAT o revisión técnico-mecánica, los interesados “deberán solicitar y diligenciar el registro a favor del interesado, a fin de que proceda su expedición”.

Cómo ayuda Mi Traspaso Ya

El SOAT y la revisión se gestionan con las entidades autorizadas y se consultan en el RUNT; Mi Traspaso Ya no interviene ahí. Lo que sí puedes dejar resuelto antes de la cita es el paquete de documentos del traspaso.

El trámite lo radicas tú ante el tránsito: la app no lo presenta por ti ni consulta el RUNT. Los documentos se arman en tu propio navegador, así que tus datos personales no viajan a nuestros servidores, y la foto de la tarjeta de propiedad se procesa para leerla y no se guarda.

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Preguntas frecuentes

¿El SOAT lo tiene que comprar el comprador o el vendedor?

Las fuentes consultadas no asignan esa obligación a una de las partes: exigen que el vehículo tenga SOAT vigente al momento del traspaso, sin precisar quién lo adquiere. Es un punto que las partes acuerdan en la negociación.

¿Sirve si el SOAT lo compré ayer?

Lo que exige la norma es que el SOAT esté vigente y validado en el sistema RUNT. Como la verificación se hace contra el sistema y no contra el papel, conviene confirmar que la póliza ya aparece incorporada antes de asistir a la cita.

Fuentes consultadas

  1. Resolución 20223040045295 de 2022 (Resolución Única Compilatoria en materia de Tránsito), art. 5.3.2.1, transcrita en concepto del Ministerio de Transporte — Concepto MT rad. 20241340679591 · consultado 2026-08-27
  2. Ley 769 de 2002, Código Nacional de Tránsito (arts. 46 y 47) — PDF oficial · consultado 2026-08-27
  3. «¿En qué consiste el traspaso a persona indeterminada?», Secretaría Distrital de Movilidad, act. 20-02-2026 — movilidadbogota.gov.co · consultado 2026-08-27
  4. «¿Cómo adelantar el levantamiento de prenda de un vehículo en Bogotá?», Alcaldía Mayor de Bogotá — bogota.gov.co · consultado 2026-08-27
  5. Resolución 20253040049955 de 2025, Ministerio de Transporte — Régimen Legal de Bogotá · consultado 2026-08-27

Mi Traspaso Ya genera los documentos del traspaso ya diligenciados para que los imprimas y firmes. El trámite se radica ante el organismo de tránsito correspondiente; los requisitos y las tarifas los define cada organismo. Esta guía es informativa y no constituye asesoría jurídica.