La prenda es una garantía: el vehículo respalda un crédito y queda registrado con una limitación a la propiedad. El tercer paso del traspaso consiste justamente en verificar si existe.
Los dos caminos
El artículo 5.3.2.1 de la Resolución 20223040045295 de 2022 no prohíbe el traspaso: lo condiciona.
“Si el vehículo presenta limitación o gravamen a la propiedad, deberá adjuntarse el documento en el que conste su levantamiento o la autorización otorgada por el beneficiario del gravamen o limitación, en el sentido de aceptar la continuación de este con el nuevo propietario.”
Resolución 20223040045295 de 2022, artículo 5.3.2.1
- Levantar la prenda. Se cancela la deuda, el acreedor expide el documento y se registra el levantamiento.
- Que el acreedor autorice la continuación. La prenda sigue viva, pero ahora sobre el vehículo en cabeza del nuevo propietario. Requiere la autorización expresa del beneficiario.
La segunda vía es la que casi nadie menciona, y es la que permite vender un vehículo que todavía está respaldando un crédito, si el acreedor está de acuerdo.
Qué pide el levantamiento
La Alcaldía de Bogotá publica los requisitos para inscribir, levantar o modificar una prenda:
- Estar inscrito en el RUNT —también el tercero, si actúa por medio de un apoderado—.
- Documento original de identidad.
- Formulario de solicitud de trámite debidamente diligenciado.
- SOAT vigente incorporado en el RUNT.
- Paz y salvo por multas por infracciones a las normas de tránsito.
- Pago de los derechos del trámite en las ventanillas del banco.
- Para personas jurídicas, verificación de Existencia y Representación Legal en el RUES.
- Documento original donde conste la inscripción, el levantamiento o la modificación del acreedor prendario, con improntas del vehículo adheridas.
La misma publicación de la Alcaldía de Bogotá, de 2022, indicaba $126.200 para inscripción o levantamiento de prenda y $115.400 o $121.100 para modificación del acreedor prendario según quién la solicite. Son cifras de esa fecha: las tarifas se actualizan cada año, así que confirma la vigente antes de presupuestar.
En persona indeterminada era distinto
Ahí no había alternativa. El artículo 5.3.3.3 exigía el documento del levantamiento de la limitación, “limitación de dominio que deberá ser levantada previamente, con el cumplimiento de los requisitos correspondientes”. El Ministerio de Transporte lo confirmó: si el vehículo tiene gravámenes, “de no cumplirse este requisito, no es procedente realizar dicho trámite”.
Si el vehículo con prenda se heredó
El mismo concepto del Ministerio resuelve el caso: como los herederos asumen los derechos y obligaciones del causante, será el heredero adjudicatario quien realice el trámite de cancelación de la prenda sin tenencia.
Cómo ayuda Mi Traspaso Ya
El levantamiento o la autorización del acreedor son trámites entre la entidad financiera y el organismo de tránsito; la app no interviene ahí. Mi Traspaso Ya genera el formulario y el contrato del traspaso para cuando la situación de la prenda esté resuelta.
El trámite lo radicas tú ante el tránsito: la app no lo presenta por ti ni consulta el RUNT. Los documentos se arman en tu propio navegador, así que tus datos personales no viajan a nuestros servidores, y la foto de la tarjeta de propiedad se procesa para leerla y no se guarda.
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¿Se puede vender un carro que todavía tiene prenda?
El artículo 5.3.2.1 de la Resolución 20223040045295 de 2022 permite el traspaso adjuntando el documento del levantamiento del gravamen o la autorización del beneficiario aceptando que la prenda continúe con el nuevo propietario. Sin una de las dos, el trámite no procede.
¿Tengo que pagar toda la deuda antes de traspasar?
No necesariamente. La norma admite como alternativa la autorización del acreedor para que el gravamen continúe con el nuevo propietario, lo que no exige cancelar previamente la obligación. Esa autorización depende del beneficiario de la prenda.
¿Cuánto cuesta levantar la prenda?
La Alcaldía de Bogotá publicó en 2022 una tarifa de $126.200 para inscripción o levantamiento de prenda. Es una cifra de esa fecha y solo para Bogotá; conviene confirmar la tarifa vigente en el organismo de tránsito correspondiente.
Fuentes consultadas
- Resolución 20223040045295 de 2022 (Resolución Única Compilatoria en materia de Tránsito), art. 5.3.2.1, transcrita en concepto del Ministerio de Transporte — Concepto MT rad. 20241340679591 · consultado 2026-08-27
- «¿Cómo adelantar el levantamiento de prenda de un vehículo en Bogotá?», Alcaldía Mayor de Bogotá — bogota.gov.co · consultado 2026-08-27
- Resolución 20223040045295 de 2022, arts. 5.3.2.8, 5.3.3.2 y 5.3.3.3, transcritos en concepto del Ministerio de Transporte — Concepto MT rad. 20241341007031 (22-08-2024) · consultado 2026-08-27
Mi Traspaso Ya genera los documentos del traspaso ya diligenciados para que los imprimas y firmes. El trámite se radica ante el organismo de tránsito correspondiente; los requisitos y las tarifas los define cada organismo. Esta guía es informativa y no constituye asesoría jurídica.